Resumen: Amenazas en el ámbito de la violencia de género: un noviazgo de varias semanas, en proceso de profundización que permite atribuirle vocación de futuro, y que condiciona los móviles del agresor, es idóneo para sustentar la aplicación del artículo 171.4 CP, como precepto de género que son a través de los que el legislador ha tratado de compensar el plus de lesividad que presentan los comportamientos que son manifestación del arraigado esquema social en el que las mujeres son desproporcionadamente víctimas de la violencia desplegada por los hombres, y de manera muy significativa, en el ámbito de las relaciones de pareja. Es decir, la violencia que responde a razones de género, entre la que se inserta las amenazas. Violación con instrumento peligroso y subtipo agravado de robo por empleo de arma: no hay compromiso de bis in idem; se agrede sexualmente colocando a la víctima un cuchillo en el cuello y a continuación, en otra acción distinta, con dolo diferente pero en el mismo contexto de intimidación, se sustraen objetos de valor.